Informe sobre feminismo y apuestas penales en México

Fecha:

enero 23, 2024

Por

GIRE

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INTRODUCCIÓN

El compromiso de los Estados con la búsqueda de soluciones para la violencia de género es un logro innegable del feminismo. Los reclamos históricos de los diversos movimientos feministas han obligado a los gobiernos a tomar medidas concretas para atajar este problema y sus consecuencias. Sin embargo, esto que en principio parece una buena noticia, deja de serlo cuando, vistas de cerca, muchas de estas medidas se circunscriben a una lógica punitiva en la que priman la condena y el castigo de la violencia sobre la reparación, la prevención y la redistribución de recursos. Pero quizás lo más sorprendente y preocupante sea que estas formas de acción punitiva son solicitadas y aplaudidas por ciertos sectores del feminismo contemporáneo. Un movimiento en principio preocupado por la liberación hoy considera como su aliado fundamental al aparato penal, incluida su última y más dramática expresión: la cárcel.

Aunque el feminismo punitivista es un fenómeno reconocible en otras latitudes, en México, con los altos índices de impunidad de fondo, parece ser cada vez más penetrante; y también lo son sus implicaciones, teóricas y concretas. Un caso paradigmático de este proceso es el del feminicidio, propuesto como un concepto con alcances penales —y, por lo tanto, objeto de persecución y castigo— por la mexicana Marcela Lagarde y de los Ríos en 2003 para hacer frente al alarmante número de mujeres que desde entonces son asesinadas diariamente en México. Hoy la demanda central de múltiples grupos feministas sigue siendo que las autoridades castiguen este crimen. No obstante, no se limitan a que el delito de feminicidio se incluya en todos los códigos penales del país —algo que ya se logró—, sino que las penas asociadas al mismo incrementen, en general y en los casos concretos. Incluso cuando el agresor ya ha sido condenado a décadas de prisión, protestas vociferantes exigen la pena “máxima” que autoriza la ley.

Las demandas, leyes y políticas públicas que buscan atajar la problemática de género haciendo uso del castigo no se limitan a la tipificación de delitos. En la última década, las penas se han diversificado, el gobierno mexicano ha reconfigurado partes enteras del proceso de justicia con la finalidad de perseguir más “efectivamente” a los agresores, también ha creado instituciones afines y destinado una enorme cantidad de recursos a todo ello. Pese a esto, la violencia de género no parece estar disminuyendo en México, sino al contrario. La razón es que esta violencia se finca en una serie de desigualdades estructurales entre hombres y mujeres con causas y manifestaciones que son complejas y que no admiten soluciones simples ni individualizadas. El discurso punitivo no atiende la raíz de estas desigualdades y, lo que es más, se finca en una paradoja de origen: las propias instituciones penales son producto de un sistema que es patriarcal, racista y clasista. El afán de atender la violencia de género desde el aparato de justicia penal ha impedido que veamos su rol en la reproducción de las desigualdades sociales, incluidas las de género. Los daños de este entramado son incuantificables si atendemos a lo que apunta Elizabeth Bernstein: al ubicar el problema en los individuos y no en las instituciones, el “feminismo carcelario” ha contribuido al abandono de estrategias que buscan resolver las desigualdades mediante la construcción de sistemas de reparación, prevención y redistribución efectiva de los capitales. Evaluar críticamente algunas de las consecuencias del afán punitivo llevado a las instituciones del Estado es por ello también responsabilidad del feminismo. Como escribió Kristin Bullimer: “Es necesario preguntarse cómo reproducen la violencia aquellas políticas diseñadas para proteger a las mujeres, tanto en contextos globales como locales”. Eso se propone este libro.

 

Lee completo el informe aquí: https://gire.org.mx/wp-content/uploads/2023/09/Efectos-Inesperados.pdf